ÚLTIMA INFORMACIÓN DEL CASO |
04/06/2013 |
ADICAE informa sobre el canje ofrecido por Repsol |
|
Repsol anuncia una oferta de recompra de sus Participaciones Preferentes, series B y C por el 97,5% de su valor, aunque el 50% deberá destinarse a la adquisición de obligaciones. |
El 31 de mayo, Repsol anunció una oferta de recompra de las emisiones de Participaciones Preferentes series B y C. Este 'canje' es voluntario y tendrá las siguientes características:
- Las Participaciones Preferentes serán recompradas por Repsol International Capital (filial de Respol S.A) en efectivo, a 975 euros por cada Participación Preferente, esto es, el 97,5% de su valor nominal.
- Obligatoriamente, de esos 975 euros deberán emplearse 500 euros en la adquisición de Obligaciones Simples Serie I/2013, con un interés del 3,5% anual pagadero trimestralmente. Estas obligaciones tienen una vida de 10 años, si bien Repsol se reservará el derecho a liquidarlas antes. Se solicitará la admisión a cotización de las Obligaciones en AIAF Mercado de Renta Fija, para su contratación a través del SEND lo que permitirá que el afectado pueda ponerlas a la venta en cualquier momento en función de su cotización.
- Los 475 euros restantes se recuperarán automáticamente.
El periodo de aceptación de la Oferta comenzará el día 5 de junio de 2013 y finalizará el día 25 de junio de 2013, ambos inclusive, estando previsto que la fecha de recompra de las Participaciones Preferentes y suscripción de las Obligaciones sea el 1 de julio de 2013.
Consejos de ADICAE para actuar a partir de este momento:
-El canje, provoca que se esté cambiando un producto perpetuo por un producto con fecha de vencimiento y una recuperación parcial del 47,5%. En ese sentido, aunque lo que se recibe sea un producto complejo, se prevee una alta aceptación del canje.
-En el caso de las obligaciones, su entidad tendrá que informarle cual es el mejor momento para la posible venta del producto, para evitar que se produzcan perdidas en el mercado SEND.
-Aquellos que decidan no vender el producto resultante del canje, pueden contactar con ADICAE para que podamos explicarles los planes de defensa de los obligacionistas de las empresas.
|
|
09/11/2012 |
ADICAE informa sobre el canje ofrecido por Telefonica |
|
Telefónica ofrece el canje de sus participaciones preferentes ISIN USU87942AA33 por el 100% de su valor nominal unitario; esto es 1000 euros por preferente, lo que significa que el afectado recibe ahora el mismo valor que recibió/contrató en su momento en forma de participaciones preferentes. |
El canje consiste en
cambiar las preferentes por un 60% en obligaciones simples con
vencimiento a 10 años emitidas por Telefónica y el 40% en acciones,
tal y como informa el hecho relevante:
-El 60% se destintará a
obligaciones simples de Telefónica de nueva emisión, de 600 euros
de valor nominal unitario, con tipo de interés nominal anual fijo
del 4,184%, pagadero trimestralmente los días 28 de febrero, 29 de
mayo, 29 de agosto y 29 de noviembre de cada año y vencimiento final
el 29 de noviembre de 2022 (sin perjuicio de que Telefónica podrá
amortizar anticipadamente total o parcialmente las Obligaciones en
cada una de las fechas de pago de intereses). Se solicitará la
admisión a cotización de las Obligaciones en AIAF Mercado de Renta
Fija, para su contratación a través del SEND? lo que permitirá
que el afectado pueda ponerlas a la venta en cualquier momento en
función de su contización.
-El 40% de dicho
precio (esto es, la cantidad de 400 euros por Participación
Preferente) se destinará a la compra de Acciones, a un precio por
Acción igual a la media aritmética de los precios medios ponderados
de la acción de Telefónica durante los cinco días hábiles
bursátiles anteriores a la finalización del
plazo de aceptación de la Oferta (este último inclusive) (esto es,
desde el 19 al 23 de noviembre de 2012, ambos inclusive), con un
mínimo de 9,75 euros y un máximo de 11,05 euros por Acción.
La oferta se inicia el 5
de noviembre y finaliza el 23 de noviembre. La operación (venta de preferentes y
compra de bonos y acciones) se realizará el 29 de noviembre. El día
30 se admite a negociación de las obligaciones y el 4 de diciembre
se liquida la operación de venta de las acciones.
Teniendo en cuenta que la
oferta finaliza el 23/11 y que el precio de las acciones se va a
determinar durante ese mismo día y los 4 inmediatamente anteriores,
sería posible conocer con relativa exactitud el precio de compra de
dichas acciones siempre que esperemos al último día para canjear.
La cuestión es la variación que sufra la cotización de las
acciones durante esas dos semanas (hasta la liquidación el 4/11).
Por otro lado se fijan unos topes máximo y mínimo de compra en 9,75
y 11,05 por acción. Parece poco probable que afecten en demasía al
canje considerando que el último mes el precio máximo de la acción
ha sido 10,84 y el mínimo 10,06. No obstánte la horquilla es
pequeña.
Consejos de ADICAE
para actuar a partir de este momento
-El
canje, provoca que se esté cambiando un producto perpetuo por dos
productos con fecha de vencimiento. En ese sentido, aunque lo que se
recibe son productos complejos, aceptar el canje sería lógico.
Tenga cuidado con los plazos. Hasta 23 de noviembre
-En
el caso de las obligaciones subordinadas (60%), su entidad tendrá
que informarle cual es el mejor momento para la posible venta del
producto, para evitar que se produzcan perdidas en el mercado SEND.
-En
el caso de las acciones, de nuevo su entidad le indicará cuando
vender las acciones sin que usted tenga ningún tipo de pérdida o
ésta sea mínima.
-Aquellos
que decidan no vender los productos resultantes del canje, pueden
contactar con ADICAE para que podamos explicarles los planes de
defensa de los accionistas y obligacionistas de las empresas.
-Si
la entidad que le comercializó las participaciones preferentes fue
La Caixa, el socio afectado podrá acceder a las soluciones previstas
en el acuerdo alcanzado por CAIXABANK.
|
|
02/11/2012 |
Explicación del artículo de los préstamos pignorados de CaixaBank en el caso de las preferentes |
|
|
El préstamo sobre las obligaciones subordinadas (70%)
Condiciones generales:
Comisiones: Sin comisiones de ningún tipo (apertura, cancelación, amortización anticipada, mora, etc).
Articulo 6: Garantías: La parte deudora, en forma solidaria si es más de una persona, responde de todas las obligaciones derivadas de este contrato. En todo caso la responsabilidad esta limitada únicamente al importe que se obtenga de los títulos valores pignorados en garantía de este contrato.
En caso de fallecimiento del prestatario, los herederos se subrogarán en la misma posición jurídica en cuanto a responsabilidad que la que ostentara aquél (es decir, limitada a los títulos).
Artículo 9: Gastos: Todos los gastos e impuestos derivados de la formalización de la presente póliza, así como los de constitución y cancelación de garantías reales o personales serán satisfechos por "La Caixa".
Contrato de pignoración:
Cláusulas adicionales anexas al contrato principal:
artículo 8: todos los gastos e impuestos derivados de la formalización de la presente póliza serán satisfechos por "La Caixa".
El préstamo sobre obligaciones convertibles/ acciones (30%)
Condiciones generales:
artículo 3: Comisiones: El préstamos no devengará, a favor de "La Caixa" y a cargo de la parte deudora, comisión ni gasto algunos.
Artículo 6: Garantías: La parte deudora, en forma solidaria si es más de una persona, responde de todas las obligaciones derivadas de este contrato. En caso de fallecimiento del prestatario, los herederos se subrogarán en la misma posición jurídica en cuanto a responsabilidad que la que ostentara aquél.
En el caso de que "La Caixa" hiciera uso de la autorización conferida a su favor en la clausula número 10 del contrato de pignoración anexo al presente, la responsabilidad de la parte se regirá por lo dispuesto en dicha clausula.
Es decir el articulo 6 remite a la cláusula 10 del contrato de pignoración anexo
Contrato de pignoración anexo al contrato de préstamo:
Artículo 10: Autorización para la venta de los derechos valores. En caso de hacer uso de esta autorización, que deberá necesariamente ejercitarse respecto de la totalidad de los valores pignorados, el importe que se obtenga con la venta de los mismos se destinará por "La Caixa" al pago de cualquier obligación de carácter económico, vencida o no, que derive del contrato principal. Si el importe obtenido no fuera suficiente para cubrir tales cantidades, la deuda por la cantidad no cubierta se entenderá extinguida.
Carta de la entidad exonerando la responsabilidad se entregará como anexo al contrato de préstamo y pignoración de las obligaciones convertibles.
Se hará entrega de una carta en la que reforzará que la entidad "asumirá la diferencia del producto de dicha venta, cancelando íntegramente la deuda del prestatario, en las obligaciones convertibles en acciones. De esta forma, aún en el caso de que el precio obtenido entonces hubiera sido inferior a la deuda vigente, la Caixa no podrá exigirle a Vd. la diferencia aunque con estas operaciones no se cubra la totalidad de la deuda".
Carta de compromiso de la entidad de dar liquidez
Quiénes quieran mantener las obligaciones subordinadas y convertibles pueden recibir una carta de la entidad que equivale a un compromiso de garantía.
" En su condición de titulares de obligaciones subordinadas/ Convertibles de Caixabank y que traén consecuencia del canje de participaciones preferentes que tienen suscrito con nuestra entidad, les comunicamos que si, durante el pazo de vigencia de las correspondientes emisiones manifestasen uds. la necesidad de disponer de liquidez por importe hasta la cantidad equivalente al nominal de estos productos de su titularidad, siempre que estén libres de cargas, Caixabank S.A se compromete a ofrecer soluciones, en el marco de una concesión responsable, con arreglo a los destinatarios y condiciones ya establecidos, a fin de poner a su disposición tal cantidad, afectando los títulos como única garantía".
Mas información en asambleas, sedes o en el email acuerdolacaixa@adicae.net
|
|
11/10/2012 |
Nueva versión definitiva del boletín de solicitud de solución |
|
|
Por
algunas lamentables erratas en el boletín que ADICAE propone para la
solicitud de soluciones, se ruega a aquellos que hubieran bajado este
documento, destruyan el anterior y utilicen en su lugar la versión
actual corregida y definitiva. Las
erratas se debieron a la premura con la que se quiso poner a
disposición de los afectados y colgarse en internet ya que la solicitud
no prejuzga la solución final que se firmaría en cualquier con La Caixa,
incluído ante notario en el caso del préstamo. Dadas
algunas preguntas de los miles de afectados que se están dirigiendo a
ADICAE, referentes a los créditos préstamos, les recordamos lo que se
recoge en el folleto, que Vds. habrán descargado, y se recoge en los
acuerdos. Las características de los préstamos son: el afectado dispone
del dinero desde el primer momento en su cuenta, el interés del préstamo
y el coste fiscal se paga con los rendimientos de los titulos
pignorados como garantía, no hay responsabilidad personal del
consumidor, el afectado sólo responde con los propios productos
pignorados como garantía, si los títulos perdieran su valor al acabar el
préstamo, no habría que devolver nada más, tal y como figura en el
folleto explicativo del acuerdo. En caso de que ya hayas entregado ya tu boletín a ADICAE, puedes remitirnos otro nuevo, aunque los errores que contenían el boletín que ya entregaste no prejuzgan la solución final que se firmaría en cualquier con La Caixa, incluído ante notario en el caso del préstamo.
|
|
NOTICIAS RELACIONADAS |
|
|
28/09/2012 |
Hágase socio de ADICAE e informese de las características y soluciones contenidas en este acuerdo |
|
Hágase socio de ADICAE y conozca cómo puede tratar de acceder a las soluciones contenidas en el acuerdo de colaboración |
A partir de este momento, debe seguir los siguientes pasos: -Si todavía no es socio de ADICAE, tiene que rellenar el siguiente boletín. -Después, todos los afectados que se hagan socios o incluso los que ya lo fueran, deben rellenar este boletín en el que podrán manifestar por escrito sus circunstancias personales y la solución a la que quieren optar para poner en marcha el proceso de estudio de soluciones.
Por algunas lamentables erratas en el boletín que ADICAE propone para la solicitud de soluciones, se ruega a aquellos que hubieran bajado este documento, destruyan el anterior y utilicen en su lugar la versión actual corregida y definitiva. Las erratas se debieron a la premura con la que se quiso poner a disposición de los afectados y colgarse en internet ya que la solicitud no prejuzga la solución final que se firmaría en cualquier con La Caixa, incluído ante notario en el caso del préstamo. Dadas algunas preguntas de los miles de afectados que se están dirigiendo a ADICAE, referentes a los créditos préstamos, les recordamos lo que se recoge en el folleto, que Vds. habrán descargado, y se recoge en los acuerdos. Las características de los préstamos son: el afectado dispone del dinero desde el primer momento en su cuenta, el interés del préstamo y el coste fiscal se paga con los rendimientos de los titulos pignorados como garantía, no hay responsabilidad personal del consumidor, el afectado sólo responde con los propios productos pignorados como garantía, si los títulos perdieran su valor al acabar el préstamo, no habría que devolver nada más, tal y como figura en el folleto explicativo del acuerdo. En caso de que ya
hayas entregado ya tu boletín a ADICAE, puedes remitirnos otro nuevo,
aunque los errores que contenían el boletín que ya entregaste no
prejuzgan la solución final que se firmaría en cualquier con La Caixa,
incluído ante notario en el caso del préstamo. Puede llamar al 902 876 326, acudir a las asambleas informativas que se celebrarán (ver apartado asambleas). También están
disponibles en esta página web todos los documentos informativos sobre las soluciones necesarios.
|
|
NOTICIAS RELACIONADAS |
|
|
|
27/09/2012 |
ADICAE y La Caixa alcanzan un acuerdo para la defensa de los derechos de los usuarios de servicios financieros |
|
CaixaBank y ADICAE han alcanzado un acuerdo de colaboración que permite abrir un canal de comunicación permanente con el objetivo de conocer las inquietudes de los usuarios bancarios y generar soluciones satisfactorias que posibiliten la resolución extrajudicial de conflictos. Un canal del que se hará partícipe a clientes, consumidores y socios a través de una campaña informativa. |
Según
el convenio, CaixaBank, primera entidad financiera del mercado
español con 13 millones de clientes, y ADICAE, la asociación de
consumidores más representativa en la defensa de los derechos de los
usuarios del sector financiero, mantendrán encuentros periódicos
para conocer las peticiones más relevantes de los asociados de
ADICAE y de los consumidores financieros en general en relación con
los productos financieros de todo tipo comercializados por CaixaBank
o por cualquier entidad financiera del grupo, con el fin de estudiar
posibles soluciones, en especial sobre los clausulados de los
contratos o los defectos de información en la contratación de
productos
Este
acuerdo, de tres años de duración, plasma
la voluntad de CaixaBank de establecer líneas de colaboración con
los consumidores y usuarios, de acuerdo con las mejores prácticas
europeas por las que, a nivel sectorial, se armonizan los intereses
de asociaciones y entidades.
Fruto
de las conversaciones mantenidas en los últimos meses entre
CaixaBank y ADICAE, con participación de representantes de sus
Plataformas de afectados en toda España, han consensuado varias
soluciones específicas para atender las necesidades concretas de los
socios de ADICAE que sean titulares de
los productos de
renta fija comercializados por la entidad, en especial aquellos ya
canjeados que se encuentren en una situación de necesidad de
liquidez o que reúnan determinadas circunstancias personales.
Según
el convenio de colaboración, se creará una comisión paritaria
entre CaixaBank y ADICAE con el objetivo de realizar un seguimiento
de los acuerdos y conclusiones alcanzadas y resolver las necesidades
que se planteen con el objetivo de alcanzar las soluciones más
adecuadas que den plena satisfacción para cualquier cliente y
resuelvan definitivamente el problema, sin limitar otro tipo de vías
para los afectados.
El
acuerdo entre CaixaBank y ADICAE excluye expresamente a los titulares
de los productos de renta fija cuyo perfil inversor acreditado y su
historial de inversiones sean inequívocamente cualificados.
|
|
|